Los 3 errores más frecuentes en la pericial psicológica cuando la teoría del caso no está clara
Por: Mtra. Isela Altamirano
Psicóloga clínico forense, Psicoterapeuta y Perito Oficial
En los procesos de familia —guarda y custodia, régimen de visitas, idoneidad parental, evaluaciones de riesgo— la pericial psicológica suele convertirse en la prueba con mayor peso probatorio. Sin embargo, una parte considerable de los dictámenes que terminan siendo cuestionados, impugnados o simplemente poco útiles en juicio comparten un origen común: el colega abogado no transmitió con claridad la teoría del caso al perito, o el perito no la solicitó antes de iniciar la evaluación. Y esto, desde mi práctica tiene mucho que ver con las ideas que se tienen respecto al ejercicio de la psicología como ciencia.
Un dictámen puede ser técnicamente correcto y, aun así, no responder a lo que el proceso realmente necesita. A continuación te cuento los tres errores que he obeservado como más comunes que surgen de la desconexión entre el entendimiento de los colegas abogados y el de la psicología forense.

1. Objetivos periciales genéricos o mal delimitados
Es habitual recibir un oficio o una solicitud de pericial redactada en términos amplios: "evaluar la dinámica familiar" o "determinar la idoneidad parental de ambas partes" y esto se debe a que no hay una teoría del caso clara detrás —¿se discute alienación parental?, ¿hay antecedentes de violencia?, ¿el conflicto es por régimen de comunicación o por cambio de domicilio?— entonces el perito no tiene forma de saber qué variables psicológicas son realmente relevantes para el litigio por lo que los errores que pueden presentarse se atribuyen al perito y no a la tramisión de la solicitud.
Consecuencia práctica: el informe puede terminar respondiendo preguntas que nadie hizo, mientras omite el análisis específico que el juez necesita para resolver o que a la parte interesada le han aceptado responder. Esto obliga a ampliaciones, aclaraciones o, en el peor de los casos, a una nueva pericial. Lo que más me impacta personalmente es que esto recae en el tiempo , dinero y esfuerzo emocional de los usuarios.
Cómo prevenirlo: el abogado debe entregar al perito un resumen breve de los hechos controvertidos y de la pretensión concreta que sostiene su parte, no solo el objeto genérico del proceso. El perito, por su parte, debe exigir esta información antes de aceptar el encargo, y dejar constancia en el informe de cuáles fueron los objetivos específicos evaluados por eso una junta de trabajo presencial o virtual previa siempre ayuda.
2. Selección de instrumentos y fuentes de información no conectados con los hechos que se pretenden responder.
Cuando el perito desconoce qué se está discutiendo realmente en el expediente, tiende a aplicar una batería estándar de pruebas, sin ajustarla a las hipótesis que el caso plantea. Lo da como resultado una desconexción entre la necesidad probatoria y los resultados obtenidos.
Por ejemplo: administrar pruebas de personalidad general en un caso donde lo central es evaluar indicadores de riesgo de violencia, o no entrevistar a terceros relevantes (docentes, pediatra, red de apoyo) porque nadie le indicó que ese dato podía ser determinante para la teoría del caso de una de las partes.
Consecuencia práctica: el dictamen queda expuesto a un cuestionamiento técnico legítimo en juicio ("¿por qué no evaluó X si era el punto central ?"), lo que debilita su valor como prueba independientemente de la calidad técnica del trabajo realizado.
Cómo prevenirlo: la teoría del caso debe traducirse en preguntas periciales específicas y, a partir de ellas, en un protocolo de evaluación ajustado (entrevistas, pruebas, fuentes colaterales).
3. Conclusiones que no se integran desde un lenguaje jurídico estándar aplicable
Este es quizás el error más costoso. El perito redacta sus conclusiones en lenguaje estrictamente clínico o psicométrico, sin conectar esos hallazgos con el estándar legal que el juez debe aplicar (por ejemplo, "interés superior del niño", "capacidad parental suficiente" o los criterios específicos que la legislación local exija para determinar custodia o régimen de visitas). El resultado es un informe científicamente sólido pero jurídicamente inutilizable, que el abogado luego tiene que "traducir" o reinterpretar en sus alegatos, con el riesgo de forzar conclusiones que el perito nunca formuló.
Consecuencia práctica: pérdida de fuerza persuasiva del dictamen, necesidad de interrogatorios adicionales en audiencia para que el perito "aclare" en términos jurídicos lo que ya debería estar en el informe, y mayor vulnerabilidad ante la contraparte.
Cómo prevenirlo: el abogado debe informar al perito, desde el inicio, cuál es el estándar legal concreto que el informe deberá ayudar a sustentar. El perito debe redactar sus conclusiones de forma que respondan directamente a esas categorías jurídicas, sin abandonar el rigor técnico ni invadir la función de decisión que corresponde exclusivamente al juez.

Una tarea compartida
Lo que te comparto no son fallas aisladas de uno u otro profesional: son expresiones de una comunicación débil e insuficiente entre dos disciplinas que, en derecho familiar, están invitadas - e incluso diría que actualmente ya obligadas- a trabajar de forma coordinada y conjunta. La teoría del caso no es un dato reservado a la estrategia legal; es información técnica indispensable para que la pericial psicológica cumpla su función en beneficio del cliente/usuario.
Invertir tiempo en esa conversación previa —qué se discute, qué hipótesis sostiene cada parte, qué estándar legal aplica— no compromete la independencia ni la objetividad del perito. Por el contrario, es lo que permite que su trabajo sea, además de riguroso, útil.
¿Tienes dudas o inquietudes? Acércate, conversemos y juntos Construyamos Alternativas!




Comentarios